Aseguramiento de información de sostenibilidad: el nuevo reto para las emisoras bajo NIIF S1 y S2 en México
Actualizado: hace 8 horas
La divulgación de información sobre sostenibilidad está entrando en una nueva etapa en México. Con la adopción de las NIIF S1 y S2, desarrolladas por el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB), las empresas deben avanzar hacia una comunicación más consistente y transparente sobre cómo los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad y el clima pueden impactar su estrategia, modelo de negocio y desempeño financiero.

En México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) incorporó estos estándares al marco regulatorio aplicable a las emisoras que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) y la Bolsa Institucional de Valores (BIVA), convirtiendo la divulgación de información de sostenibilidad en un requerimiento regulatorio.
Este proceso contempla una implementación gradual, que no solo implica fortalecer la calidad, trazabilidad y gobernanza de la información reportada, sino también avanzar hacia su aseguramiento independiente. Así, para los reportes correspondientes al ejercicio 2026, las emisoras deberán prepararse para una nueva exigencia: someter determinada información de sostenibilidad a una revisión independiente por un tercero.
Calendario de implementación gradual del aseguramiento de información de sostenibilidad en México:

Primer año Ejercicio Fiscal 2025 (reporte presentado en 2026) | Fase Inicial (Aseguramiento opcional): La revisión externa se estableció de manera voluntaria, permitiendo a las emisoras estructurar sus procesos de recopilación de datos, gobernanza interna y establecimiento de métricas base. Durante este primer año, aplica una exención de transición para las emisiones de Alcance 3, enfocando la obligación únicamente en los Alcances 1 y 2.
Segundo año Ejercicio fiscal 2026 (reporte presentado en 2027) | Aseguramiento Limitado Obligatorio e Inclusión de Alcance 3: Se vuelve obligatoria la verificación independiente sobre los puntos clave del reporte. A partir de este ciclo, finaliza la exención de transición y se vuelve obligatorio incluir las emisiones de Alcance 3 que resulten materiales, quedando sujetas al proceso de aseguramiento limitado junto con los Alcances 1 y 2.
Tercer año en adelante Ejercicio fiscal 2027 (reportes desde 2028) | Aseguramiento Razonable Obligatorio: Transición hacia un nivel de auditoría profunda sobre controles internos, sistemas de medición y evidencia factual de todas las métricas, equivalente al grado de rigor exigido para los estados financieros.
Este cambio representa un paso relevante en la evolución del reporte ASG en el país: ya no se trata únicamente de generar y divulgar información, sino de contar con datos confiables, trazables y verificables que puedan respaldar las decisiones de inversionistas y otros grupos de interés.Esto permite evolucionar de un requerimiento normativo a una verdadera estrategia de sostenibilidad.
¿Qué es el aseguramiento de información de sostenibilidad?
El aseguramiento de la información de sostenibilidad bajo las normas NIIF S1 y S2 es un proceso de revisión independiente mediante el cual un tercero experto verifica que los datos ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) presentados por la empresa sean exactos, verídicos y estén respaldados por evidencia comprobable. Asegurar la información bajo este marco significa darle rigor y sello de validez técnica, pasando de la simple declaración de la entidad a la confirmación objetiva de que los riesgos, oportunidades y métricas divulgadas reflejan la realidad operativa de la organización.
Este proceso es fundamental para brindar certeza a inversionistas, reguladores y otros grupos de interés sobre la transparencia de la empresa, al mismo tiempo que fortalece la toma de decisiones internas con datos íntegros. Para lograrlo, la revisión examina la consistencia de las cifras reportadas, la validez de las metodologías y escenarios climáticos empleados para el cálculo de los indicadores de NIIF S2 (como la huella de carbono y el análisis de resiliencia), así como la efectividad de la gobernanza, los controles internos y la gestión de riesgos exigidos por NIIF S1 para garantizar que la recolección de la información sea precisa y trazable.

Aseguramiento limitado
Implica un trabajo de atestiguamiento enfocado en indagaciones directas con la administración, análisis comparativos de las métricas presentadas y la revisión de las metodologías empleadas para el cálculo de la huella de carbono (GEI Alcances 1, 2 y ahora también Alcance 3). El objetivo del profesional es recopilar evidencia suficiente para expresar una conclusión en forma negativa, señalando si ha llegado a su atención algún aspecto que sugiera que la información contiene incorrecciones materiales.
Por ejemplo: "Basados en los procedimientos realizados, nada ha llamado nuestra atención que nos haga creer que la información sobre la huella de carbono no ha sido preparada, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de referencia".

Aseguramiento razonable
Consiste en una revisión exhaustiva y detallada de la información, que incluye la evaluación de los controles internos, la verificación de los datos de origen mediante pruebas sustantivas (como revisión de facturas o mediciones en sitio) y la validación de los procesos de cálculo. Su objetivo es obtener evidencia suficiente y adecuada para reducir el riesgo de atestiguamiento a un nivel aceptablemente bajo y emitir una conclusión expresada de forma positiva.
Por ejemplo: "[...] que la información ha sido preparada, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de referencia".
De acuerdo con el IAASB, en los reportes de sostenibilidad, una incorrección material puede ser cualitativa o cuantitativa e incluye información omitida o información que no es clara o que es engañosa. Las incorrecciones pueden ser “grandes o pequeñas” y pueden ocurrir por accidente o intencionalmente.
¿Quién puede realizar el aseguramiento de información de sostenibilidad?
La implementación de las normas NIIF S1 y S2 en México marca un hito fundamental en la regulación del mercado bursátil. La llegada del segundo ciclo de reporte consolida la exigencia de transparencia no solo al hacer obligatorio el aseguramiento limitado sobre la información revelada, sino también al incorporar formalmente las emisiones de Alcance 3, exigiendo que las empresas demuestren el control y medición sobre su cadena de valor.

De acuerdo con la NIAS 5000 (Norma Internacional de Aseguramiento de la Sostenibilidad 5000), el aseguramiento de la información sobre sostenibilidad puede ser realizado por cualquier profesional de aseguramiento, independientemente de si proviene del ámbito contable tradicional o de si cuenta con experiencia previa en otras Normas Internacionales de Auditoría (NIA) o de Encargos de Aseguramiento (NIEA). Esta normativa adopta un enfoque "profesional agnóstico", lo que permite a una amplia gama de especialistas ejecutar este tipo de encargos, siempre y cuando se garantice la solidez y confiabilidad del proceso mediante el cumplimiento estricto de elevados estándares normativos.
Para ejercer este rol, el profesional debe acatar obligatoriamente requerimientos éticos que resulten, como mínimo, tan exigentes como el Código Internacional de Ética para Contadores Profesionales del IESBA, incluyendo sus Normas Internacionales de Independencia. Asimismo, es indispensable que pertenezca a una firma que aplique un sistema de gestión de la calidad equivalente en rigor al marco establecido por el IAASB. Este sistema asegura la independencia tanto del profesional ejerciente como de su equipo de trabajo, además de impulsar un control de calidad efectivo durante todo el encargo.
Finalmente, la aplicación de este esquema normativo debe complementarse con las legislaciones, regulaciones y disposiciones profesionales locales de cada país, ya que cada jurisdicción tiene la facultad de establecer criterios o requisitos adicionales que determinen quién está legalmente capacitado en su entorno específico para realizar los trabajos de aseguramiento de sostenibilidad.
Sobre este último punto, cabe destacar que hasta el momento no ha habido algún pronunciamiento oficial ni especificación por parte de entidades reguladoras locales, como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que aclare con mayor detalle si habrá modificaciones particulares o especificaciones adicionales sobre los requisitos exigidos para los encargados de realizar dicho aseguramiento.
¿Qué significa esto para las emisoras? Del reporte a la preparación para el aseguramiento
La transición hacia el aseguramiento obligatorio bajo las normas NIIF S1 y S2 redefine la gestión interna de las emisoras en el mercado bursátil mexicano. Más allá de cumplir con una fecha de entrega ante las entidades regulatorias, esta nueva exigencia impacta directamente en tres ejes clave:

Paso de estimaciones a datos auditables: Las empresas deberán migrar de cálculos aproximados a sistemas de recolección de datos con trazabilidad documental comprobable, especialmente al integrar las emisiones de Alcance 3, lo que exige involucrar activamente a su cadena de valor.

Reforzamiento del control interno y la gobernanza: Se requiere formalizar controles sobre los datos no financieros con el mismo nivel de rigor, supervisión y documentación que tradicionalmente se aplica a los estados financieros.

Mitigación de riesgos reputacionales y de mercado: Contar con un informe verificado por un tercero independiente blinda a la empresa ante cuestionamientos de inversionistas y autoridades, elevando la confianza del mercado y protegiendo el acceso a capital en mejores condiciones.
En síntesis, este cambio exige que las emisoras dejen de ver la sostenibilidad como un reporte independiente y la integren de forma estratégica en su estructura de gobierno corporativo y gestión de riesgos.





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